Saludos a todos los hermanos y hermanas inmigrantes allá afuera, y a todos los demás que sigan este blog.
Quiero informarles que la legislatura puertorriqueña y su gobernador aprobaron un proyecto de Ley que tiene como intención degollar al Colegio de Abogados de Puerto Rico.
¿Qué importancia tiene el Colegio de Abogados de Puerto Rico para nosotros - y ustedes?
Mas allá de ser una organización gremial que agrupa a los abogados de Puerto Rico, el Colegio de Abogados de Puerto Rico provee servicios a la ciudadanía que ni el propio gobierno brinda: asesoramiento legal, representación legal a menores de edad, fianzas notariales, y un fiel y constante monitoreo a las actividades gubernamentales que pueden atropellar los derechos civiles. También es vivo actor del quehacer diario de Puerto Rico, participa activamente en el proceso legislativo - y vela también por el respeto a los derechos del inmigrante.
Ciertas personas desean ver al Colegio destruido por no estar de acuerdo con las posturas ideológicas asumidas por el gremio. Otros desean verlo desaparecer por no estar de acuerdo con las actividades que este realiza, como velar por el respeto a los derechos civiles, entre otros.
Muchos de los inconformes, abogados y abogadas, asumen la posición, cómoda - claramente, de criticar desde afuera a la institución, quejarse de las actuaciones y actividades impulsadas por este sin hacer el mas mínimo esfuerzo de cambiarlo desde adentro - o hacer sentir su voz y descontento por medio de la participación en sus asambleas y otras actividades. Prefieren que se queme la casa a arreglarla.
Aunque nos quiten la colegiación compulsoria, yo permaneceré en el Colegio de Abogados, porque creo en lo que la institución impulsa, defiende y protege: la igualdad para todos, el respeto a la Constitución, a los derechos humanos y el desarrollo del derecho.
miércoles, 14 de octubre de 2009
jueves, 3 de septiembre de 2009
¿Mis problemas de inmigracion se acaban si me caso con un ciudadano americano?
La respuesta es: no siempre.
Muchas personas piensan que el casarse con un ciudadano norteamericano en los Estados Unidos le abrirá la puerta a un estatus de residente legal permanente a quien sea. Este proceso se conoce formalmente como "ajuste de estatus". Sin embargo, el Código de Inmigración y Ciudadanía claramente establece que este beneficio solo se le concede a personas que han sido debidamente inspeccionadas y admitidas (o permitida su entrada por medio de "parole") a los Estados Unidos.
En otras palabras, si usted entró al país con una visa, digamos de turista, podría beneficiarse de esta sección de la Ley. Sin embargo, no todas las visas le permiten a las personas beneficiarse de este proceso (por ejemplo, las visas de intercambio J-1 con restricción de residencia en el extranjero por 2 años luego de la expiración de la misma).
Si entró "indocumentado", no puede beneficiarse del ajuste de estatus regular. En otras palabras, no podría recibir su residencia permanente en los Estados Unidos, aunque se case con un ciudadano americano. Sin embargo, si algún familiar le presentó alguna petición antes del 2001 y usted entró a los EEUU como indocumentado, podría beneficiarse de un ajuste de estatus aunque usted haya entrado de dicha manera.
En conclusión, la respuesta no es tan sencilla como la pregunta. Si usted entiende que puede beneficiarse de alguna de estas secciones de Ley, consúltelo con su abogado previo a presentar cualquier solicitud.
Muchas personas piensan que el casarse con un ciudadano norteamericano en los Estados Unidos le abrirá la puerta a un estatus de residente legal permanente a quien sea. Este proceso se conoce formalmente como "ajuste de estatus". Sin embargo, el Código de Inmigración y Ciudadanía claramente establece que este beneficio solo se le concede a personas que han sido debidamente inspeccionadas y admitidas (o permitida su entrada por medio de "parole") a los Estados Unidos.
En otras palabras, si usted entró al país con una visa, digamos de turista, podría beneficiarse de esta sección de la Ley. Sin embargo, no todas las visas le permiten a las personas beneficiarse de este proceso (por ejemplo, las visas de intercambio J-1 con restricción de residencia en el extranjero por 2 años luego de la expiración de la misma).
Si entró "indocumentado", no puede beneficiarse del ajuste de estatus regular. En otras palabras, no podría recibir su residencia permanente en los Estados Unidos, aunque se case con un ciudadano americano. Sin embargo, si algún familiar le presentó alguna petición antes del 2001 y usted entró a los EEUU como indocumentado, podría beneficiarse de un ajuste de estatus aunque usted haya entrado de dicha manera.
En conclusión, la respuesta no es tan sencilla como la pregunta. Si usted entiende que puede beneficiarse de alguna de estas secciones de Ley, consúltelo con su abogado previo a presentar cualquier solicitud.
jueves, 20 de agosto de 2009
¿Reforma de que?
En las pasadas semanas el Gobierno de los Estados Unidos y su presidente, Barack Obama, han informado que la reforma migratoria tomará un tercer lugar en la lista de prioridades nacionales. No es ningún secreto que la preocupación del país lo es la economía, seguido de la reforma de salud. Hasta que el Congreso de los Estados Unidos no atienda estos dos asuntos, no se vislumbra una discusión a profundidad sobre la tan esperada reforma migratoria.
No obstante, no perdemos las esperanzas de que una de las principales promesas de campaña del Presidente de los Estados Unidos se cumpla en los próximos años. Son cerca de 20 millones de indocumentados en el país, y el Gobierno no puede pretender que estos seres humanos no están presentes aquí, ni tampoco puede pretender echarlos a todos del país sin crear un caos económico y humanitario.
Recuerden que pueden dejar sus preguntas generales sobre asuntos de inmigración aquí. El presente blog NO OPERA para dar asesoramiento individualizado de casos particulares. Las preguntas sobre casos individuales se borrarán del blog. Para dicho asesoramiento individualizado, llame al 787-786-4001 en horas laborables (hora del este de los EEUU) para coordinar una cita para una consulta. Las consultas tienen un costo de $50.00. Tambien pueden visitar www.inmigracionpuertorico.com para mas informacion.
(Imagen disponible en http://www.watsonvillehs.net/events/obama/Barack_Obama.jpg)
viernes, 5 de junio de 2009
Preguntas: junio 2009
Espacio para preguntas: junio 2009
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para junio de 2009. Solo se van a contestar preguntas generales sobre la inmigración a los Estados Unidos. Lamentablemente no podemos dar soluciones a casos particulares y las preguntas de esa naturaleza se removerán del blog.
Para atender casos particulares (asesoramiento legal), debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001. Además, visite mi página de internet hoy (donde podrá encontrar información general sobre la inmigración a los Estados Unidos): http//www.inmigracionpuertorico.com.
domingo, 3 de mayo de 2009
Sus preguntas para mayo de 2009
Espacio para preguntas: mayo 2009
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para mayode 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.
lunes, 6 de abril de 2009
Espacio para preguntas: abril 2009
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para abril de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.
martes, 3 de marzo de 2009
Espacio para preguntas: marzo 2009
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para marzo de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.
viernes, 6 de febrero de 2009
Espacio para preguntas, Febrero 2009!
Saludos,
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para febrero de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.
De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para febrero de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.
jueves, 29 de enero de 2009
Para evitar sorpresas...
La siguiente situación es bastante típica:
Un cliente le contrata para solicitar un ajuste de estatus (es decir, una residencia permanente). Viene con su pareja, que es ciudadana, y trae todos los documentos necesarios: acta de nacimiento, certificado de matrimonio, mas la evidencia de que el matrimonio es "bona fide" (o sea, auténtico y no por papeles). Se prepara la solicitud y se remite al Servicio de Inmigración (USCIS), junto con una solicitud de permiso de trabajo, que se recibe antes.
Tres meses después llega una carta de la USCIS diciendo que la persona no puede recibir el permiso de trabajo "porque hay una orden de deportación pendiente en su contra, que se adjudicó" hace unos años atrás.
Naturalmente, si hay orden de deportación pendiente, el cliente tampoco puede ajustar estatus y la situación se torna complicada, pues los remedios disponibles para una persona en esta situación son pocos.
Para un abogado es imposible saber si una persona tiene una orden de deportación pendiente. Es sumamente importante que le cuente al abogado cualquier percance o problema que haya tenido anteriormente con el Servicio de Inmigración y le muestre cualquier documento que tenga sobre ello. Si ha tenido problemas anteriormente, pero no tiene copia de los documentos emitidos por la USCIS que describan por qué se le ha negado una petición, su abogado recomendará que se haga una "FOIA", o Freedom of Information Act Request (petición de información) para que el Gobierno les envíe copia de los documentos que obran en su expediente. Una vez esos documentos estén en las manos del abogado, este podrá asesorarles mejor para evitar percances y sorpresas mas adelante en el camino.
El gran problema de la FOIA es que el Gobierno demora varios meses en contestarla. No obstante, en muchas ocasiones es un paso prudente solicitar una previo a radicar una nueva petición de beneficios de inmigración.
Sin embargo, es imposible evitar las sorpresas siempre. En algunas ocasiones sucede que el cliente no experimentó problemas con la USCIS, pero la USCIS determinó algo en su ausencia. Lamentablemente esa es la situación en la que vivimos ahora.
www.inmigracionpuertorico.com
Un cliente le contrata para solicitar un ajuste de estatus (es decir, una residencia permanente). Viene con su pareja, que es ciudadana, y trae todos los documentos necesarios: acta de nacimiento, certificado de matrimonio, mas la evidencia de que el matrimonio es "bona fide" (o sea, auténtico y no por papeles). Se prepara la solicitud y se remite al Servicio de Inmigración (USCIS), junto con una solicitud de permiso de trabajo, que se recibe antes.
Tres meses después llega una carta de la USCIS diciendo que la persona no puede recibir el permiso de trabajo "porque hay una orden de deportación pendiente en su contra, que se adjudicó" hace unos años atrás.
Naturalmente, si hay orden de deportación pendiente, el cliente tampoco puede ajustar estatus y la situación se torna complicada, pues los remedios disponibles para una persona en esta situación son pocos.
Para un abogado es imposible saber si una persona tiene una orden de deportación pendiente. Es sumamente importante que le cuente al abogado cualquier percance o problema que haya tenido anteriormente con el Servicio de Inmigración y le muestre cualquier documento que tenga sobre ello. Si ha tenido problemas anteriormente, pero no tiene copia de los documentos emitidos por la USCIS que describan por qué se le ha negado una petición, su abogado recomendará que se haga una "FOIA", o Freedom of Information Act Request (petición de información) para que el Gobierno les envíe copia de los documentos que obran en su expediente. Una vez esos documentos estén en las manos del abogado, este podrá asesorarles mejor para evitar percances y sorpresas mas adelante en el camino.
El gran problema de la FOIA es que el Gobierno demora varios meses en contestarla. No obstante, en muchas ocasiones es un paso prudente solicitar una previo a radicar una nueva petición de beneficios de inmigración.
Sin embargo, es imposible evitar las sorpresas siempre. En algunas ocasiones sucede que el cliente no experimentó problemas con la USCIS, pero la USCIS determinó algo en su ausencia. Lamentablemente esa es la situación en la que vivimos ahora.
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miércoles, 7 de enero de 2009
¡Bienvenido el 2009!
A todos los lectores,
Muchas personas ven la llegada de un nuevo año como una oportunidad para comenzar nuevamente: llegan las resoluciones de año nuevo y reviven las esperanzas de que todo cambiará, al menos para bien.
Con el 2009 también llega el ocaso de la era del Presidente George W. Bush y su administración, y el ascenso de Barack Obama y su agenda de cambio, apoyada casi totalmente por una mayoría Demócrata en ambas cámaras del Congreso nacional.
¿Que cambios podemos esperar con el Sr. Obama en el area de la inmigración? Para tener una idea, debemos hacer referencia a su plataforma electoral, que tiene los siguientes puntos:
Entiendo que lo mas posible (y fácil de hacer) es el número 4: proveerle un camino a los indocumentados para "legalizarze". Esto se ha hecho en múltiples ocasiones a través de la historia de los Estados Unidos, y tan recientemente como entre el 1999 y el 2001, donde temporeramente se revivió la sección 245i del Código de Inmigración. Esta sección le permitía a personas, aunque hubiesen entrado indocumentadas, solicitar una residencia permanente si cumplían con ciertos requisitos.
Es bastante probable que "sacar a la gente de las sombras" se refiera a una resurreción de dicha sección de ley, o algo similar. Solo se requiere que el Congreso de los Estados Unidos lo ordene.
Además de esto, es muy pronto para decir como Obama implementaría una reforma migratoria completa y con sentido. Su plataforma no da muchos detalles al respecto, y además, lamentablemente, una reforma no tiene tanta prioridad ahora como la economía.
Es cuestión de esperar y cruzar los dedos.
www.inmigracionpuertorico.com
Muchas personas ven la llegada de un nuevo año como una oportunidad para comenzar nuevamente: llegan las resoluciones de año nuevo y reviven las esperanzas de que todo cambiará, al menos para bien.
Con el 2009 también llega el ocaso de la era del Presidente George W. Bush y su administración, y el ascenso de Barack Obama y su agenda de cambio, apoyada casi totalmente por una mayoría Demócrata en ambas cámaras del Congreso nacional.
¿Que cambios podemos esperar con el Sr. Obama en el area de la inmigración? Para tener una idea, debemos hacer referencia a su plataforma electoral, que tiene los siguientes puntos:
- Crear fronteras seguras por medio de la asignación de mayor personal y mas recursos para patrullar las mismas.
- Mejorar el Sistema de Inmigración, arreglando la burocracia ineficaz que existe ahora mismo para así promover la unificación familiar y proveerle visas de empleo a mas personas.
- Remover incentivos para entrar "ilegalmente", penalizando a patronos que empleen a personas indocumentadas.
- Sacar a la gente de la sombras, proveyendole una ruta a inmigrantes indocumentados hacia la ciudadanía estadounidense luego de pagar una multa y aprender inglés.
- Promover el desarrollo económico en México para asi reducir la inmigración ilegal.
Entiendo que lo mas posible (y fácil de hacer) es el número 4: proveerle un camino a los indocumentados para "legalizarze". Esto se ha hecho en múltiples ocasiones a través de la historia de los Estados Unidos, y tan recientemente como entre el 1999 y el 2001, donde temporeramente se revivió la sección 245i del Código de Inmigración. Esta sección le permitía a personas, aunque hubiesen entrado indocumentadas, solicitar una residencia permanente si cumplían con ciertos requisitos.
Es bastante probable que "sacar a la gente de las sombras" se refiera a una resurreción de dicha sección de ley, o algo similar. Solo se requiere que el Congreso de los Estados Unidos lo ordene.
Además de esto, es muy pronto para decir como Obama implementaría una reforma migratoria completa y con sentido. Su plataforma no da muchos detalles al respecto, y además, lamentablemente, una reforma no tiene tanta prioridad ahora como la economía.
Es cuestión de esperar y cruzar los dedos.
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