La siguiente situación es bastante típica:
Un cliente le contrata para solicitar un ajuste de estatus (es decir, una residencia permanente). Viene con su pareja, que es ciudadana, y trae todos los documentos necesarios: acta de nacimiento, certificado de matrimonio, mas la evidencia de que el matrimonio es "bona fide" (o sea, auténtico y no por papeles). Se prepara la solicitud y se remite al Servicio de Inmigración (USCIS), junto con una solicitud de permiso de trabajo, que se recibe antes.
Tres meses después llega una carta de la USCIS diciendo que la persona no puede recibir el permiso de trabajo "porque hay una orden de deportación pendiente en su contra, que se adjudicó" hace unos años atrás.
Naturalmente, si hay orden de deportación pendiente, el cliente tampoco puede ajustar estatus y la situación se torna complicada, pues los remedios disponibles para una persona en esta situación son pocos.
Para un abogado es imposible saber si una persona tiene una orden de deportación pendiente. Es sumamente importante que le cuente al abogado cualquier percance o problema que haya tenido anteriormente con el Servicio de Inmigración y le muestre cualquier documento que tenga sobre ello. Si ha tenido problemas anteriormente, pero no tiene copia de los documentos emitidos por la USCIS que describan por qué se le ha negado una petición, su abogado recomendará que se haga una "FOIA", o Freedom of Information Act Request (petición de información) para que el Gobierno les envíe copia de los documentos que obran en su expediente. Una vez esos documentos estén en las manos del abogado, este podrá asesorarles mejor para evitar percances y sorpresas mas adelante en el camino.
El gran problema de la FOIA es que el Gobierno demora varios meses en contestarla. No obstante, en muchas ocasiones es un paso prudente solicitar una previo a radicar una nueva petición de beneficios de inmigración.
Sin embargo, es imposible evitar las sorpresas siempre. En algunas ocasiones sucede que el cliente no experimentó problemas con la USCIS, pero la USCIS determinó algo en su ausencia. Lamentablemente esa es la situación en la que vivimos ahora.
www.inmigracionpuertorico.com
jueves, 29 de enero de 2009
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