jueves, 20 de agosto de 2009

¿Reforma de que?


En las pasadas semanas el Gobierno de los Estados Unidos y su presidente, Barack Obama, han informado que la reforma migratoria tomará un tercer lugar en la lista de prioridades nacionales. No es ningún secreto que la preocupación del país lo es la economía, seguido de la reforma de salud. Hasta que el Congreso de los Estados Unidos no atienda estos dos asuntos, no se vislumbra una discusión a profundidad sobre la tan esperada reforma migratoria.

No obstante, no perdemos las esperanzas de que una de las principales promesas de campaña del Presidente de los Estados Unidos se cumpla en los próximos años. Son cerca de 20 millones de indocumentados en el país, y el Gobierno no puede pretender que estos seres humanos no están presentes aquí, ni tampoco puede pretender echarlos a todos del país sin crear un caos económico y humanitario.

Recuerden que pueden dejar sus preguntas generales sobre asuntos de inmigración aquí. El presente blog NO OPERA para dar asesoramiento individualizado de casos particulares. Las preguntas sobre casos individuales se borrarán del blog. Para dicho asesoramiento individualizado, llame al 787-786-4001 en horas laborables (hora del este de los EEUU) para coordinar una cita para una consulta. Las consultas tienen un costo de $50.00. Tambien pueden visitar www.inmigracionpuertorico.com para mas informacion.

(Imagen disponible en http://www.watsonvillehs.net/events/obama/Barack_Obama.jpg)

viernes, 5 de junio de 2009

Preguntas: junio 2009

Espacio para preguntas: junio 2009

De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para junio de 2009. Solo se van a contestar preguntas generales sobre la inmigración a los Estados Unidos. Lamentablemente no podemos dar soluciones a casos particulares y las preguntas de esa naturaleza se removerán del blog.

Para atender casos particulares (asesoramiento legal), debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001. Además, visite mi página de internet hoy (donde podrá encontrar información general sobre la inmigración a los Estados Unidos): http//www.inmigracionpuertorico.com.

domingo, 3 de mayo de 2009

Sus preguntas para mayo de 2009

Espacio para preguntas: mayo 2009

De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para mayode 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.

lunes, 6 de abril de 2009

Espacio para preguntas: abril 2009

De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para abril de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.

martes, 3 de marzo de 2009

Espacio para preguntas: marzo 2009

De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para marzo de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.

viernes, 6 de febrero de 2009

Espacio para preguntas, Febrero 2009!

Saludos,

De nuevo, se abre un nuevo espacio para sus preguntas relacionadas a las leyes de inmigración para febrero de 2009. Como siempre, recuerden que este espacio es solo para una discusión general de casos y situaciones, hipotéticas y reales. Por ende, todo lo que se escriba aquí no debe ni puede tomarse como asesoramiento legal. Para asesoramiento legal, debe reunirse con un abogado con conocimiento de las leyes de inmigración. Alternativamente, estoy disponible para asesorarles. Para citas puede llamar de lunes a viernes, de 9 AM a 6 PM al 787-786-4001.Visite nuestra página de internet hoy: http//www.inmigracionpuertorico.com.

jueves, 29 de enero de 2009

Para evitar sorpresas...

La siguiente situación es bastante típica:

Un cliente le contrata para solicitar un ajuste de estatus (es decir, una residencia permanente). Viene con su pareja, que es ciudadana, y trae todos los documentos necesarios: acta de nacimiento, certificado de matrimonio, mas la evidencia de que el matrimonio es "bona fide" (o sea, auténtico y no por papeles). Se prepara la solicitud y se remite al Servicio de Inmigración (USCIS), junto con una solicitud de permiso de trabajo, que se recibe antes.

Tres meses después llega una carta de la USCIS diciendo que la persona no puede recibir el permiso de trabajo "porque hay una orden de deportación pendiente en su contra, que se adjudicó" hace unos años atrás.

Naturalmente, si hay orden de deportación pendiente, el cliente tampoco puede ajustar estatus y la situación se torna complicada, pues los remedios disponibles para una persona en esta situación son pocos.

Para un abogado es imposible saber si una persona tiene una orden de deportación pendiente. Es sumamente importante que le cuente al abogado cualquier percance o problema que haya tenido anteriormente con el Servicio de Inmigración y le muestre cualquier documento que tenga sobre ello. Si ha tenido problemas anteriormente, pero no tiene copia de los documentos emitidos por la USCIS que describan por qué se le ha negado una petición, su abogado recomendará que se haga una "FOIA", o Freedom of Information Act Request (petición de información) para que el Gobierno les envíe copia de los documentos que obran en su expediente. Una vez esos documentos estén en las manos del abogado, este podrá asesorarles mejor para evitar percances y sorpresas mas adelante en el camino.

El gran problema de la FOIA es que el Gobierno demora varios meses en contestarla. No obstante, en muchas ocasiones es un paso prudente solicitar una previo a radicar una nueva petición de beneficios de inmigración.

Sin embargo, es imposible evitar las sorpresas siempre. En algunas ocasiones sucede que el cliente no experimentó problemas con la USCIS, pero la USCIS determinó algo en su ausencia. Lamentablemente esa es la situación en la que vivimos ahora.

www.inmigracionpuertorico.com